TOMADO DE LA MONOGRAFIA "EL ESTADO DE DERECHO Y LA CONSTITUCIONALIDAD EN LA REPUBLICA DOMINICANA, REALIZADA POR: JOSE ANTONIO PEREZ VALENZUELA Y COMPARTES EN EL CURSO-UASD.
RECOMENDACIONES.
TOMADO DEL MONOGRAFICO REALIZADO EN EL (CURSO-UASD), POR: LOS LIC. JOSE ANTONIO PEREZ VALENZUELA Y COMPARTES, CON EL TEMA: "EL ESTADO DE DERECHO Y LA CONSTITUCIONALIDAD EN LA REPUBLICA DOMINICANA.
RECOMENDACIONES.
Tratar de ser cuidadoso con los derechos constitucionales en la
admisión de la acción en derecho y que hayan procesos que puedan ser
realizado en el tiempo lo mas corto posible de duración en su fase de
la instrucción (sin afectar los derechos fundamentales).
Esto se puede conseguir con la desaparición de los formalismos
institucionales en nuestra legislación.
Se debe evitarse la acumulación de incidentes y restricciones de
recursos contra sentencias que no decidan sobre el fondo de la
contestación;
No ordenar medidas de pruebas impertinentes;
Aumentar la potestad de los jueces en la responsabilidad y dirección
efectiva del proceso, evitando las prorrogas indebidas de audiencias;
Decidir los asuntos en el más breve plazo posible, Evitando los gatos
económicos y humanos necesarios;
Prohibir las dilaciones indebidas, que se decida que el mero
incumplimiento de los plazos otorgados por la ley para que los jueces
solucionen los conflictos no constituyen violaciones algunas a los
derechos fundamentales en la celeridad de los procesos, lo que si,
podría contribuir a la solución de la violación de los derechos es la
no aplicación en justicia de aquellas dilaciones que han de ser
entendidas como anormales en la administración de justicias.
A eso efectos han de considerarse los siguientes criterios:
1) Complejidad del Litigio;
2) Comportamiento de los jueces;
3) Eventuales Consecuencias del Fallo.
Podríamos pensar que estos principios y recomendaciones se pueden
referir exclusivamente a la materia penal, pero al detenernos a pensar
de manera lógica entenderíamos como son aplicables de manera Analógica
a la materia civil;
En principio le corresponderá al actor o demandante establecer los
hechos en que fundamenta su pretensión. Esto tiene su marco expreso en
el artículo 8 del pacto de San José de Costa Rica. La tendencia
internacional al desarrollo de un proceso con poder jurisdiccional que
evoque la idea de homogeneidad en la impartición de justicia y en la
estructuración y organización misma del proceso, pero sin embargo esto
no debe afectar bajo ninguna forma las libertades a los derechos
fundamentales inherentes de las personas.
Que los jueces se apeguen más en la atención al debido proceso que
emanan de los principios complementarios como son:
1- ) El principio de legalidad;
2) El derecho de defensa;
3) Prohibición de contradicción;
4) La motivación de las sentencias;
5) El derecho a un proceso publico y que se aplique la celeridad de
los procesos ya que con esta y sus complementos del derecho podríamos
obtener una sentencia sobre el fondo de la contestación en un plazo
razonable, ya que el concepto de dilaciones indebidas impiden una
economía procesar.
Recomendamos:
Promover una mayor integración familiar bajo el principio de la ética
la moral, el pudor y las buenas costumbres.
Promover el respecto entre los ciudadanos, la unidad en la diversidad,
el derecho a disentir y a expresarse mediante el respecto al derecho
ajeno, manifestándose mediante los medios permitidos por las leyes con
protestas pacificas que garanticen el derecho a la vida dentro de la
convivencia pacificas.
Incentivar con remuneraciones los trabajos ejemplarizadores que puedan
realizar Militares, Policías, jueces y fiscales en materia de la lucha
y el combate contra el narcotráfico y consumo de sustancias
prohibidas, violencia intrafamiliar, corrupción, contrabando,
violaciones, asesinatos horrendos.
Reforzar los métodos y técnicas de investigación.
Crear cuerpos de sociólogos y sicólogos sociales para integrarlos a la
sociedad en las respectivas comunidades en labores del análisis,
tratamiento, evaluación y prevención de conductas y comportamientos
anormales.
Recomendaciones en Torno a la Reforma de la Policía Nacional que hagan
posible establecer un Estado de Derechos en el marco del respecto a la
constitucionalidad.
TRANSFORMAR LA ACTUAL POLICIA NACIONAL PARA CONVERTIRLA EN UNA
POLICIA TECNICA JUDICIAL (P.T.J.), QUE SE ENCARGUE DEL SERVICIO
SOCIAL, COMUNITARIO Y PREVENTIVO.
Al ser la policía un auxiliar de la justicia como agentes que deben
ayudar a aprender a los imputados y supuestos imputados de cometer
hechos reñidos con la leyes, para la prevención de los delitos;
Estas son las recomendaciones que contribuirían a fortalecer el Estado
de Derecho en la Republica Dominicana:
1ero.) Transformar la actual Policía Nacional para convertirla en una
Policía Técnica Judicial de servicio en las comunidades con las
técnicas judiciales necesarias.
2do.) Habría que Revestirla de un carácter publico – privada donde el
sector publico y el sector privado (Gobiernos, sectores comerciales y
empresariales) asuman las inversiones que haya que erogar en Pro de la
seguridad de toda la sociedad, de esta manera esta tendría la
capacidad de demandar y ser demandada, la cual permitiría que se
detengan las constantes violaciones al estado de derecho y con esto se
contribuiría a respectar al derecho a la vida de miles de ciudadanos
que caen abatidos por las balas de muchos policías desaprensivos
mediante los famosos y constantes intercambios de disparos
escenificados por dichos policías.
3ero.) Dicha Policía Técnica Judicial, debería emplearse al servicio
de toda la sociedad, integrándose a los trabajos comunitarios en el
seno de la comunidades mostrando ejemplo de buenos ciudadanos,
conviviendo con ella, enseñándole cívica, moral y ética para así,
poder prevenir y combatir el crimen, los delitos y las violaciones a
las leyes antes de que se produzcan y en el caso de que se le pueda
escapar algunas de estas posibilidades de prevenir los hechos
delititos y se materialicen algunos de estos hecho reñido con la ley,
deberían implementar las Técnicas Judiciales y la capacidad de
persuasión para poder materializar la aprensión sin necesidad de tener
que usar la violencia que produzca algunas violaciones a los derechos
de las personas cuando se traten de infragantes delitos para lograr la
detenciones de los imputados cuyo objetivo es presentarlos a las
autoridades judiciales dando los informes a tiempo sobre los supuestos
delitos que se presumen que a cometido dicho imputado, entones,
serian los jueces y los fiscales en un juicio oral publico y
contradictorio que através del debido proceso determinando en base a
las pruebas las cuales determinaran la veracidad o no de las
acusaciones que se le imputan a la persona detenida después de haberle
hecho el juicio PRE-liminar por el juez de la instrucción que
determino ponerle las medidas de coerción que haya demandado el caso.
Todos estos procedimientos harían posible el respecto a los derechos
ciudadanos y por ende a la constitucionalidad y al Estado de Derecho
y ala aplicación o no de sanciones mediante sentencias dependiendo de
la realidad o no de los hechos.
4to) La Nueva Policía Técnica de Servicios Sociales, comunitaria y
preventiva no tendrá que esperar estar haciendo sus servidos, para
poder prestar y desarrollar las labores sociales de prevención al
servicio de la sociedad.
El solo hecho de estar integrada a la sociedad, dentro de las
comunidades y hacer vidas comunitarias con ellas, le crearían las
condiciones necesarias para interactuar y enseñar en las comunidades
con el ejemplo, creando un modelo de vida en las sociedad que promueva
un proyecto de que se puede ser exitoso sin la necesidad de delinquir,
logrando una convivencia de vida sana sin la necesidad de la
ostentaciones, ambiciones desmedidas para que haya que despojarse de
la maldad en base al valor a la vida, donde se proyecte que se puede
ser feliz, con necesidades manteniendo la reputación .
5to) Esta Nueva Policía Técnica Judicial debe integrarse a tiempo
completo en la dirección de brindar los servicios sociales y
comunitarios que el deber le impone para tratar hacer todo lo posible
de prevenir el crimen , los delitos y las infracciones a las leyes, al
tener las técnicas judiciales necesarias y las capacidades de
persuadir usando lo aprendido en el manual sobre las técnicas de
desarme empleando la capacidad de maniatar y mantener inmóvil a los
posibles infractores de las leyes o imputados de querer cometer o
haber cometido un hecho reñido con las leyes, de esta manera es que la
nueva Policía Técnico Judicial podrá cumplir con las comunidades, la
sociedad y ponerse al servicio del derecho y el deber cumplido.
Hay que devolverle a la policía los derechos civiles y políticos de
tal manera que puedan interactuar en la sociedad y en las respectivas
comunidades, permitiéndole votar elegir y ser elegidos.
Hay que crear los mecanismos que puedan servir de incentivo económico
mediante evaluaciones periódicas acerca de la eficiencia y el
rendimiento que puedan tener los policías en sus funciones o no, con
ello se puede tratar de remunerarles considerablemente mejor los
ingresos que puedan percibir como pago por mejores y eficientes
labores realizadas en PRO-de mantener un mejor clima de paz,
tranquilidad y sosiego que permitan la mejor creación de un Estado de
Derechos dentro del espíritu de la constitucionalidad y las leyes en
la Republica Dominicana.